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Ley electoral Artículo 39 Provincia de Catamarca


Ley electoral Catamarca
Artículo 39.

Aprobada que sea la lista de los candidatos, los Partidos Políticos someterán al Tribunal Electoral, por lo menos quince (15) días antes de la fecha del comicio, para su oficialización, las boletas de sufragio. Estas llevarán impreso el nombre del partido o frente y/o alianza y sus candidatos proclamados, y tendrán las dimensiones, la calidad del papel y demás características exigidas por el Tribunal Electoral.No contendrá más leyenda que: Monogramas, sellos y distintivos relativos al partido político al que pertenecen, especificación de la elección, motivo de la convocatoria y nómina de los candidatos cuya designación deberá hacerse con el nombre completo en tipo uniforme de letra.



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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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