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Ley de unificacion de las normas de organizacion de las policias Artículo 157 Provincia de Buenos Aires


Ley de unificacion de las normas de organizacion de las policias Buenos Aires
Artículo 157.

La Superintendencia de Investigaciones de Delitos Complejos, tiene las siguientes funciones esenciales:

a) Ejercer la conducción y coordinación operativas del personal bajo su mando para el cumplimiento de las metas, acciones y tareas que sean aprobadas por el Ministro de Seguridad.

b) Mantener actualizada la apreciación de la situación delictiva en el ámbito de los delitos de su competencia.

c) Impartir las instrucciones del despliegue de la actividad operacional y profesional necesarias para el cumplimiento adecuado de las investigaciones de delitos complejos y crimen organizado, en auxilio de la investigación judicial.

d) Impartir instrucciones para el cumplimiento de las diligencias urgentes, la preservación de la prueba y la colaboración requerida por el órgano judicial competente.

e) Asegurar que la víctima de un delito sea debidamente informada de los derechos que le asisten.

f) Asegurar que el imputado sea debidamente informado de los derechos y garantías constitucionales que le asisten.

g) Intervenir, por disposición de la Autoridad de Aplicación en los casos que requiera el Comité de Análisis de la Información del Crimen organizado (C. A. I. C. O.), como así también la Auditoría General de Asuntos Internos, colaborando con todos los recursos disponibles al efecto.

h) Requerir y/o coordinar, con la autoridad judicial competente, la posibilidad de acceder al estudio y análisis de las causas en trámite o concluidas, que resulten de interés al objetivo del organismo, para la estructuración de la base de datos, asegurando un registro ordenado y actualizado de todas las actividades investigativas.

i) Analizar y evaluar los delitos complejos y el crimen organizado como modalidad delictiva en el ámbito territorial de la Provincia de Buenos Aires, sugiriendo a las autoridades correspondientes los posibles cursos de acción a seguir para la contención de la misma.

j) Coordinar el enlace con los sistemas de identificación de huellas digitales (Automated Fingerprint Identification System- A. F. I. S.) existentes, como así de otras tecnologías aplicadas por la Superintendencia de Policía Científica.

k) Establecer y mantener mecanismos de coordinación y colaboración con las autoridades de seguridad nacionales y/o provinciales, en el ámbito de su competencia.

l) Coordinar el despliegue de actividades con los profesionales que por su especialización sean de complemento en la investigación criminal de los delitos de su competencia.

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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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