< Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública

Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública Artículo 72 Nacional


Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública Nacional
Artículo 72.

Podrán afectarse además, a los programas y planes derivados de la emergencia sanitaria, con los destinos que específicamente determine el Ministerio de Salud:

a) Los fideicomisos, subsidios, subvenciones, legados y donaciones y todo otro recurso que reciba el Poder Ejecutivo nacional a través de sus distintas Jurisdicciones, vinculados con la emergencia sanitaria;

b) Las reasignaciones de créditos o préstamos internacionales que administra el Ministerio de Salud o los que determine el Poder Ejecutivo nacional en el marco de la presente emergencia sanitaria, previa conformidad de la contraparte otorgante del préstamo;

c) Los nuevos préstamos que se gestionen y obtengan en ocasión y con motivo de la emergencia sanitaria.

Nacional Artículo 72 Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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