< Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública

Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública Artículo 18 Nacional


Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública Nacional
Artículo 18.

Sustitúyese el artículo 77 de la ley 27.467, por el siguiente:

Artículo 77: Facúltase a la Administración Federal de Ingresos Públicos a establecer un régimen de reintegros para personas humanas que revistan la condición de consumidores finales y de estímulos para los pequeños contribuyentes que efectúen las actividades indicadas en el artículo 10 de la ley 27.253, destinado a estimular comportamientos vinculados con la formalización de la economía y el cumplimiento tributario.

Tanto el reintegro como los estímulos deberán priorizar a los sectores más vulnerados de la sociedad y fomentar la inclusión financiera. Asimismo, contendrán los límites que aseguren su aplicación sostenida durante el plazo de vigencia de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública, para lo cual la Administración Federal de Ingresos Públicos estará facultada a requerir informes técnicos y sociales y a coordinar su aplicación con el Ministerio de Desarrollo Social, con la Administración Nacional de la Seguridad Social, así como con las demás autoridades administrativas que resulten competentes.

El Ministerio de Economía determinará el presupuesto asignado para los reintegros correspondientes.

Nacional Artículo 18 Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública
Artículo 1 ...16 17 18 19 20 ...88
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse