< Ley de Organización del Ejercicio de la Función Notarial

Ley de Organización del Ejercicio de la Función Notarial Artículo 48 Provincia de Misiones


Ley de Organización del Ejercicio de la Función Notarial Misiones
Artículo 48.

El Colegio Notarial ajustará su procedimiento a las siguientes pautas:

a) anualmente, si corresponde, durante el mes de mayo, llamará a inscripción para cubrir la titularidad de los registros notariales que se hallen vacantes;

b) el llamado será publicado en el Boletín Oficial y en un diario de circulación provincial, durante tres (3) días, debiendo mediar entre la fecha de la última publicación y el cierre de la inscripción un plazo de treinta (30) días. El llamado a concurso deberá especificar el número y lugar asiento de los registros a concursar, el día y hora del cierre de la inscripción al concurso;

c) sólo podrán participar en el concurso quienes se encuentren matriculados en el Colegio Notarial;

d) en su presentación, cada concursante indicará los antecedentes computables, el registro de su preferencia y subsidiariamente, qué registros notariales aceptaría, indicando el orden de prelación;

e) por cada concursante se formará un legajo al que deberán incorporarse los antecedentes computables con su respectivo puntaje y el resultado de las oposiciones, lo que determinará el puntaje definitivo. El puntaje obtenido en un concurso de oposición será válido por el plazo de tres (3) años, sin perjuicio de la facultad del interesado de presentarse a un nuevo concurso en ese lapso.

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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