Ley de marco provincial de cambio climático Artículo 18 Provincia de Jujuy
Ley de marco provincial de cambio climático Jujuy
Artículo 18. Estrategia de Transición Justa
1. La Estrategia de Transición Justa, constituye el instrumento dirigido a la optimización de las oportunidades en la actividad, y el empleo de la transición hacia una economía baja en emisiones de gases de efecto invernadero, y a la identificación y adopción de medidas, que garanticen un tratamiento equitativo y solidario a trabajadores y territorios en dicha transición.
2. La Estrategia de Transición Justa incluirá los siguientes contenidos:
a) Identificación de colectivos, sectores y territorios potencialmente vulnerables al proceso de transición a una economía baja en emisiones de carbono.
b) Análisis de las oportunidades, de creación de actividad económica y empleo, vinculadas a la transición energética.
c) Políticas industriales, de investigación y desarrollo, de innovación, de promoción de actividad económica y de empleo y formación ocupacional para la transición justa.
3. La Estrategia de Transición Justa, así como los instrumentos de aplicación y desarrollo de ésta, se elaborarán teniendo en cuenta la perspectiva de género.
Provincia de Jujuy Artículo 18 Ley de marco provincial de cambio climático
Mejores juristas
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: cav-rgl@jussantacruz.gob.ar, 0297-4851694 int 113, email cav-co@jussantacruz.gob.ar ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email cav-pd@jussantacruz.gob.ar (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
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