Ley de los Colegios de Abogados (Ley de los Colegios de Abogados) Provincia de Río Negro
Ley de los Colegios de Abogados Provincia de Río Negro
- Artículo 1. Cada Colegio de Abogados de la Provincia de Río Negro tendrá a su cargo el...
- Artículo 2. La carga establecida en el artículo 143, inc. b) de la Ley Provincial Nº 2430...
- Artículo 3. La matrícula será llevada de conformidad a las disposiciones de las Acordadas...
- Artículo 4. Los Colegios de Abogados comunicarán al Superior Tribunal de Justicia cada...
- Artículo 5. El juramento previsto en el inciso c) del artículo 143 de la Ley Provincial...
- Artículo 6. La matriculación y la promesa de cumplir los deberes constitucionales,...
- Artículo 7. Los Colegios de Abogados, además de los recursos establecidos en el artículo...
- Artículo 8. El importe de la tasa de matriculación es equivalente al treinta por ciento...
Otras regulaciones
Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 27.072 Adhesión de la provincia al Régimen de Sinceramiento Fiscal Licencia con goce de haberes para los Agentes que presiden las Juntas Vecinales Bases y Condiciones para la Renegociación de Concesiones Hidrocarburíferas Autoriza al Poder Ejecutivo a transferir título de donación un Inmueble al Municipio de Río ColoradoMejores juristas
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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