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Ley de amparo Artículo 17 Provincia de Buenos Aires


Ley de amparo Buenos Aires
Artículo 17.

El apelante deberá interponer y fundar el recurso en el plazo de tres (3) días ante el Juez que hubiere dictado la decisión apelada. El Juez resolverá sobre la concesión del recurso en el día. Concedido el mismo, lo hará con efecto devolutivo. Con carácter excepcional y fundadamente, atendiendo a las características particulares del caso, podrá concederlo con efecto suspensivo. El recurso se sustanciará con un traslado a la contraparte por el término de tres (3) días; contestado el mismo o vencido el plazo para hacerlo, el Juez deberá remitir las actuaciones a la Alzada en igual plazo.

El Tribunal de Alzada deberá expedirse dentro de un plazo de tres (3) días de recibido el expediente.

En el supuesto de que el Juez denegase la apelación, podrá interponerse una queja o recurso directo ante la alzada en el plazo un (1) día de ser notificada la denegatoria, debiendo dictarse sentencia dentro de los tres (3) días



Provincia de Buenos Aires Artículo 17 Ley de amparo
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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