< Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable

Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable Artículo 18 Provincia de Santa Fe


Ley de aguas de la provincia. Derecho humano fundamental de acceso al agua potable Santa Fe
Artículo 18. Usos sociales

Los usos sociales permitidos por esta Ley de Aguas, son los siguientes:

a) La bebida e higiene humana y el uso del agua con fines domésticos;

b) La atención de emergencias sociales;

c) El abrevado de animales domésticos no destinados al comercio;

d) El riego de jardín o huerta cuya producción no sea destinada al comercio;

e) La refrigeración de los motores de vehículos de transporte terrestre de carga o de pasajeros;

f) La extinción de incendios;

g) La pesca manual y la navegación no comercial, con sujeción a los reglamentos que a tal efecto dicten las autoridades competentes;

h) El baño en lugares habilitados por la autoridad competente;

i) El riego de calles, conservación de espacios verdes y paseos públicos.

A los fines de la aplicación de esta ley, los usos no contemplados en este artículo se consideran usos productivos.



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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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