< La Provincia de Neuquén se adhiere a la Ley Nacional 27231

La Provincia de Neuquén se adhiere a la Ley Nacional 27231 Artículo 13 Provincia del Neuquén


La Provincia de Neuquén se adhiere a la Ley Nacional 27231 Neuquén
Artículo 13.

Se permite el uso de las aguas de las cuencas de los ríos Neuquén y Colorado para la producción acuícola mediante el sistema de piletas, en todas las fases del ciclo (reproducción, cría o engorde); sólo se permite el uso de las aguas de la cuenca del río Limay para la fase de reproducción y obtención de "semillas" o "pie de cría" de las especies autorizadas.

Los cursos y cuerpos de agua pueden ser seleccionados o sectorizados mediante las normativas reglamentarias de la presente Ley, a los efectos de la optimización de su uso para el desarrollo de la actividad.



Provincia del Neuquén Artículo 13 La Provincia de Neuquén se adhiere a la Ley Nacional 27231, de desarrollo sustentable del sector acuícola
Artículo 1 ...11 12 13 14 15 ...57
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse