< Integración del consejo de la magistratura como órgano auxiliar de la Suprema Corte de Justicia

Integración del consejo de la magistratura como órgano auxiliar de la Suprema Corte de Justicia Artículo 2 Provincia de Mendoza


Integración del consejo de la magistratura como órgano auxiliar de la Suprema Corte de Justicia Mendoza
Artículo 2.

Corresponderá a la Federación de Colegios de Abogados y Procuradores de la Provincia la organización y control de la elección de dos (2) abogados de la matrícula titulares y dos (2) suplentes, para integrar el Consejo de la Magistratura, de conformidad a lo establecido en el Artículo 150 de la Constitución de la Provincia. A tal fin adoptará las medidas pertinentes, asegurando el derecho de elegir y se elegido a todos los abogados de la matrícula y garantizando que los titulares y suplentes elegidos correspondan a diferentes circunscripciones judiciales.



Provincia de Mendoza Artículo 2 Integración del consejo de la magistratura como órgano auxiliar de la Suprema Corte de Justicia
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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