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Generación de energía eléctrica a partir del aprovechamiento de fuentes renovables de energía Artículo 2 Provincia de Río Negro


Generación de energía eléctrica a partir del aprovechamiento de fuentes renovables de energía Río Negro
Artículo 2. Impuesto sobre los Ingresos Brutos

Por la actividad de generación de energía eléctrica a partir del aprovechamiento de fuentes renovables y por toda actividad industrial relacionada con dicha generación, los beneficiarios incluidos en la presente ley gozarán de la exención de pago en el impuesto sobre los ingresos Brutos. Para acceder a los beneficios establecidos en el presente artículo, deberá acreditarse la inexistencia de deuda del impuesto sobre los Ingresos Brutos o haberla regularizado mediante su inclusión en regímenes de pago y estar cumpliendo con los mismos, en las formas y condiciones qué establezca la Agencia de Recaudación Tributaria de la Provincia de Río Negro.



Provincia de Río Negro Artículo 2 Generación de energía eléctrica a partir del aprovechamiento de fuentes renovables de energía. Régimen Fiscal
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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