Fomento al Emprendimiento Misionero (Fomento al Emprendimiento Misionero) Provincia de Misiones
Fomento al Emprendimiento Misionero Provincia de Misiones
- CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES
- Artículo 1. La presente ley establece el marco normativo para el fomento del...
- Artículo 2. A los efectos de la presente ley, se entiende por: emprendedor: persona...
- Artículo 3. La presente ley tiene por objetivos: 1) reconocer el valor de los...
- CAPÍTULO II CENTRO DE FORMACIÓN DE EMPRENDEDORES
- Artículo 4. Se crea el Centro de Formación de Emprendedores como un espacio para alentar...
- Artículo 5. El Centro de Formación de Emprendedores tiene como funciones: 1)...
- Artículo 6. El Centro de Formación de Emprendedores tiene su asiento en la ciudad de...
- CAPÍTULO III REGISTRO DE EMPRENDEDORES
- Artículo 7. Se crea el Registro de Emprendedores de la Provincia, donde deben registrarse...
- Artículo 8. La autoridad de aplicación establece los procedimientos, formas y requisitos...
- CAPÍTULO IV SEMANA DEL EMPRENDEDOR
- Artículo 9. Se instituye como Semana del Emprendedor, a la tercera semana de noviembre de...
- Artículo 10. Durante la Semana del Emprendedor, la autoridad de aplicación debe promover e...
- CAPÍTULO V DISPOSICIONES FINALES
- Artículo 11. Se faculta al Poder Ejecutivo a otorgar un tratamiento fiscal diferencial a...
- Artículo 12. El Poder Ejecutivo establece la autoridad de aplicación de la presente norma,...
- Artículo 13. El Poder Ejecutivo queda autorizado a efectuar adecuaciones, modificaciones y...
- Artículo 14. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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pito
:-----D
por supuesto, envia un mail a andres@gbtabogados.com.ar
estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
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