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Expropiación, declaración de utilidad pública Artículo 6 Provincia de Córdoba


Expropiación, declaración de utilidad pública Córdoba
Artículo 6.

La Provincia de Córdoba se reserva el derecho de revocar las cesiones y transferencias que se efectúen de conformidad al artículo 5º de esta Ley, ante la verificación de cualquiera de las siguientes circunstancias:

a) Que el Estado Nacional, en un plazo máximo de cinco años a partir de la sanción de esta Ley no emita el instrumento legal pertinente, declarando la creación del Parque Nacional de que se trata, o b) Que en virtud de una decisión del Estado Nacional o modificación de la Ley Nº 22351 -Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales-, o la que la sustituyere, se produzca una modificación o desafectación del destino establecido a los inmuebles de que se trata, o su exclusión parcial o total del dominio público nacional.



Provincia de Córdoba Artículo 6 Expropiación, declaración de utilidad pública
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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