< Establecen Políticas Públicas que garanticen la Concientización, Prevención y Erradicación del Grooming

Establecen Políticas Públicas que garanticen la Concientización, Prevención y Erradicación del Groom Artículo 1 Provincia de Mendoza


Establecen Políticas Públicas que garanticen la Concientización, Prevención y Erradicación del Grooming Mendoza
Artículo 1.

Adhiérese a la Ley Nacional N° 27.590, también denominada "Ley Mica Ortega" que crea el Programa de Prevención y Concientización del Grooming o el Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes. Establécese como política pública del Estado Provincial la materia regulada por la presente ley, y con ese objeto créase el Programa Provincial para la Prevención, Concientización, Abordaje y Erradicación del Grooming y de otras prácticas de hostigamiento digital hacia niñas, niños y adolescentes



Provincia de Mendoza Artículo 1 Establecen Políticas Públicas que garanticen la Concientización, Prevención y Erradicación del Grooming y otros riesgos que niñas, niños y adolescentes encuentran en Internet tales como el Ciberacoso o Ciberbullyng
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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