< Escribanía de gobierno. Régimen y finalidad. Competencia. Funciones. Atribuciones

Escribanía de gobierno. Régimen y finalidad. Competencia. Funciones. Atribuciones Artículo 9 Provincia de Jujuy


Escribanía de gobierno. Régimen y finalidad. Competencia. Funciones. Atribuciones Jujuy
Artículo 9. ATRIBUCIONES Y POTESTADES

El Escribano de Gobierno es el responsable del funcionamiento del organismo a su cargo, y tiene las siguientes atribuciones y potestades:

a) Dirigirse directamente, en el marco de sus funciones, al señor Gobernador, Vicegobernador, Presidente del Superior Tribunal de Justicia, miembros del Poder Legislativo, Ministros, Secretario General de la Gobernación, Fiscal de Estado y demás funcionarios del Poder Ejecutivo de la Provincia.

b) Proponer designaciones, ascensos y remociones del personal a su cargo, y aplicar sanciones disciplinarias de acuerdo a las disposiciones vigentes.

c) Administrar los fondos y recursos del organismo a su cargo.

d) Dictar el Reglamento Interno que determine las normas de organización y funcionamiento de la Escribanía de Gobierno.

e) Elevar el presupuesto de gastos y cálculo de recursos, en la fecha que la autoridad superior o competente lo requiera.

f) Asesorar al Poder Ejecutivo en asuntos de índole y legislación notarial.

g) Tener a su cargo, y bajo su custodia, los Protocolos de Gobierno, Libros de Actas y Juramentos y Registros de Firmas, como así toda otra documentación que se le requiera intervenir.



Provincia de Jujuy Artículo 9 Escribanía de gobierno. Régimen y finalidad. Competencia. Funciones. Atribuciones
Artículo 1 ...7 8 9 10 11 ...18
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



Últimos comentarios

¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse