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Ejercicio de la Profesión de Traductor Público Artículo 3 Provincia de Salta


Ejercicio de la Profesión de Traductor Público Salta
Artículo 3.

Para ejercer la profesión de Traductor Público se requiere:

a) Poseer título habilitante de Traductor Público expedido por universidad nacional o provincial, pública o privada oficialmente reconocida, o título emitido por una universidad extranjera, siempre que haya sido revalidado de conformidad con la legislación vigente en la materia o por los respectivos convenios de reciprocidad.

b) Estar inscripto en la matrícula del Colegio de Traductores Públicos de la provincia de Salta creado por esta Ley.

c) Constituir domicilio en la Provincia.

Provincia de Salta Artículo 3 Ejercicio de la Profesión de Traductor Público
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buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?



Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).



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