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Ejercicio de la Profesión de Traductor Público Artículo 27 Provincia de Salta


Ejercicio de la Profesión de Traductor Público Salta
Artículo 27.

Las infracciones a los deberes profesionales quedan sujetas a las siguientes sanciones disciplinarias:

a) Advertencia individual.

b) Apercibimiento individual o ante el Tribunal de Disciplina y Ética Profesional.

c) Multa de hasta el importe de dos (2) matrículas, vigente al momento del hecho.

d) Suspensión de treinta (30) días hasta dos (2) años.

e) Inhabilitación para el ejercicio profesional.

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buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?



Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).



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