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Ejercicio de la Profesión de Traductor Público Artículo 24 Provincia de Salta


Ejercicio de la Profesión de Traductor Público Salta
Artículo 24.

Son deberes y atribuciones del Consejo Directivo:

a) Otorgar y controlar la matrícula de los profesionales formando legajo de antecedentes de cada matriculado conforme la reglamentación.

b) Presentar Memoria Anual, Balance General, Presupuesto y Cálculo de Recursos a consideración de la Asamblea.

c) Administrar los bienes de la Institución y ejecutar los actos de adquisición y disposición de los mismos, previa autorización de la Asamblea en los casos que corresponda.

d) Proponer el Reglamento Interno y Código de Ética Profesional a los fines de su aprobación por la Asamblea.

e) Convocar a elecciones, aprobar el Reglamento Electoral, el cronograma electoral y designar la Junta Electoral.

f) Fijar los montos de las cuotas periódicas, de inscripción y en su caso, extraordinarias y los honorarios mínimos por traducción de carácter público y no público.

g) Cumplir y hacer cumplir la presente Ley y el Reglamento Interno.

h) Nombrar y remover al personal y fijar sus funciones y retribuciones.

i) Designar comisiones y subcomisiones.

j) Denunciar la práctica ilegal de la profesión, cuando en el ejercicio de sus funciones adquiera conocimiento de la infracción.

k) Convocar a las Asambleas Ordinarias y Extraordinarias, y fijar el Orden del Día.

l) Depositar los fondos de la Institución en una entidad bancaria a la orden conjunta del Presidente y Secretario o Tesorero.

m) Cobrar y percibir las cuotas, multas y demás fondos.

n) Ejecutar las sanciones del Tribunal de Disciplina y Ética Profesional.

ñ) Realizar toda otra actividad conducente a la acción social, profesional y económica en beneficio de los colegiados.

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Los nuevos comentarios en el sitio web



buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?



Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.

En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).



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