Educación: Ley de Becas Académicas (Educación: Ley de Becas Académicas) Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Educación: Ley de Becas Académicas Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
- LEY DE BECAS ACADÉMICAS CAPÍTULO L DEL OBJETO
- Artículo 1. Finalidad
- Artículo 2. Beneficiarios
- Artículo 3. Función
- CAPÍTULO LL DEL CONSEJO PROVINCIAL DE BECAS
- Artículo 4. Creación
- Artículo 5. Composición
- Artículo 6. Integrantes
- CAPÍTULO LLL DEL BENEFICIO
- Artículo 7. Requisitos
- Artículo 8. Inscripción
- Artículo 9. Convocatoria
- Artículo 10. Publicación
- Artículo 11. Difusión
- Artículo 12. Notificación
- Artículo 13. Inhabilitación
- Artículo 14. Acreditación
- Artículo 15. Forma
- Artículo 16. Liquidación
- Artículo 17. Plazo de Convocatoria
- CAPÍTULO LV DEL FONDO PROVINCIAL DE BECAS
- Artículo 18. Composición
- Artículo 19. Reasignación
- Artículo 20. Remanente
- CAPÍTULO V AUTORIDAD DE APLICACIÓN
- Artículo 21. Potestad
- Artículo 22. Regulación
- Artículo 23. Reglamentación
- Artículo 24. Deróguese la Ley provincial 246.
- Artículo 25. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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