Derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos públicos, de gestión estatal y privada (Derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos públicos, de gestión estatal y p) Provincia de Buenos Aires
Derecho a recibir educación sexual integral en los establecimientos públicos, de gestión estatal y privada Provincia de Buenos Aires
- Artículo 1. Todos los educandos y educandas tienen derecho a recibir educación sexual...
- Artículo 2. El Organismo de Aplicación será el encargado del diseño de las actividades,...
- Artículo 3. A los fines de la presente ley, se entiende como educación sexual integral...
- Artículo 4. La Educación Sexual Integral será de carácter obligatorio y estará destinada...
- Artículo 5. Son funciones del Organismo de Aplicación: a) Garantizar la efectiva...
- Artículo 6. El Organismo de Aplicación, en vinculación con otros efectores del estado...
- Artículo 7. La Dirección General de Cultura y Educación deberá brindar al Consejo...
- Artículo 8. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Declaran Fiesta Provincial a la denominada Fiesta de la Harina Institúyese el día 29 de octubre de cada año como Declaran como Personalidad Destacada del Deporte a Luciano Caraccioli por su trayectoria en ciclismo Declaración de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles de la localidad de Témperley Normas de procedimiento para el enjuiciamiento de magistrados y funcionariosMejores juristas
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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