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Declárase de Interés Público Provincial el Sistema de Transporte Público Artículo 15 Provincia de Mendoza


Declárase de Interés Público Provincial el Sistema de Transporte Público Mendoza
Artículo 15.

Sustitúyase el artículo 196 bis de la Ley 8.706 que quedará redactado de la siguiente manera:

"Artículo 196 bis. La presente Ley será de aplicación al Departamento General de Irrigación, AYSAM SAPEM, EMESA y Sociedad de Transporte de Mendoza supletoriamente, en tanto no infrinja lo establecido en las normas de la Constitución Provincial y sus leyes orgánicas y reglamentarias, debiéndose prever en la reglamentación que los procedimientos y su aplicación se ajusten a ello, en consecuencia deberá observarse:

a) El presupuesto del Departamento General de Irrigación será elaborado y aprobado por el organismo, conforme sus atribuciones previstas en la Constitución y remitido a la Legislatura y al Poder Ejecutivo de conformidad con lo previsto en la Ley 1032.

b) El organismo deberá informar sobre el funcionamiento, metas y cumplimiento de su sistema de Auditoría Interna semestralmente al Poder Ejecutivo."



Provincia de Mendoza Artículo 15 Declárase de Interés Público Provincial el Sistema de Transporte Público de pasajeros, mediante vehículos propulsados por impulsores eléctricos
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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