Declárase de Interés Público Provincial el Sistema de Transporte Público de pasajeros, mediante vehículos propulsados por impulsores eléctricos (Declárase de Interés Público Provincial el Sistema de Transporte Público) Provincia de Mendoza
Declárase de Interés Público Provincial el Sistema de Transporte Público de pasajeros, mediante vehículos propulsados por impulsores eléctricos Provincia de Mendoza
- Artículo 1. Declárase de Interés Público Provincial el Sistema de Transporte Público de...
- Artículo 2. Operación
- Artículo 3. Creación de la Empresa
- Artículo 4. Composición del Paquete Accionario
- Artículo 5. Objeto de la Empresa
- Artículo 6. Personal
- Artículo 7. La STM deberá respetar el Encuadramiento convencional tal como surge de la...
- Artículo 8. De los Recursos
- Artículo 9. Del Estatuto
- Artículo 10. Disolución, Liquidación, Supresión y Extinción de la EPTM: a) Disolución y...
- Artículo 11. Pautas de Liquidación
- Artículo 12. Normas Transitorias sobre el Personal
- Artículo 13. A los fines de dar seguimiento de lo dispuesto en esta Ley respecto de los...
- Artículo 14. Sustitúyase el inciso a. del artículo 144º de la Ley 8.706 que quedará...
- Artículo 15. Sustitúyase el artículo 196 bis de la Ley 8.706 que quedará redactado de la...
- Artículo 16. Sustitúyase el artículo 64 de la Ley N° 8930, el quedará redactado...
- Artículo 17. Regularización Retroactiva del Salario
- Artículo 18. Autorízase al Secretario de Servicios Públicos y/ o a quien este designe a...
- Artículo 19. Derógase a partir del 31 de diciembre de 2016 el Decreto Ley 825/1958 y toda...
- Artículo 20. La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación.
- Artículo 21. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Adhesión Provincial a la Ley 27.467 Ley electoral de la provincia Tope a las remuneraciones de funcionarios, empleados o contratados, que presten servicios Declaran Patrimonio Cultural a la Banda de Música de la Policía Cabo 1° Gustavo Ramet y a la Banda Felipe Rodríguez Servin Ratifícase el Decreto Homologa el Acta Paritaria en el ámbito de la Subsecretaría de Trabajo y EmpleoMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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