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Declaración de utilidad pública y expropiación de inmuebles Artículo 5 Provincia de Mendoza


Declaración de utilidad pública y expropiación de inmuebles Mendoza
Artículo 5.

Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial, a suscribir convenios con particulares o instituciones afectadas, disponiendo las compensaciones por la afectación de activos, mediante criterios que garanticen la equidad y transparencia del proceso, dando intervención a Fiscalía de Estado. Dicha habilitación deberá ser ejecutada en coordinación con las autoridades nacionales a fin de que las mismas sean previstas e incluidas en el presupuesto de la obra conforme lo establecido en el considerando octavo del Convenio Marco de Colaboración entre el Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda, la Secretaría de Obras Públicas, la Subsecretaría de Recursos Hídricos y la Provincia de Mendoza, de fecha 23 de diciembre de 2.016.



Provincia de Mendoza Artículo 5 Declaración de utilidad pública y expropiación de inmuebles
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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