Declaración de utilidad pública y expropiación de inmuebles (Declaración de utilidad pública y expropiación de inmuebles) Provincia de Mendoza
Declaración de utilidad pública y expropiación de inmuebles Provincia de Mendoza
- Artículo 1. Declárase de utilidad pública y sujetos a expropiación los inmuebles...
- Artículo 2. Encomiéndase al Poder Ejecutivo a fin de que se proceda a la afectación al...
- Artículo 3. Establézcase que el sujeto expropiante de los inmuebles individualizados en...
- Artículo 4. Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial, por intermedio de los organismos...
- Artículo 5. Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial, a suscribir convenios con...
- Artículo 6. Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley serán atendidos...
- Artículo 7. Otórgase la concesión para la generación de energía eléctrica a partir del...
- Artículo 8. Concédase a la Empresa Mendocina de Energía SAPEM, sin perjuicio de terceros...
- Artículo 9. La Empresa Mendocina de Energía SAPEM en su carácter de generador por el...
- Artículo 10. Exímase a la Empresa Mendocina de Energía SAPEM, en su carácter de generador...
- Artículo 11. Encomiéndase al Poder Ejecutivo adoptar las medidas tendientes a permitir la...
- Artículo 12. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Declaración de utilidad pública y sujeto a expropiación de terreno ubicado en el Departamento Godoy Cruz Adhiérase a la Ley N° 25.917 Ley de Procedimiento Administrativo Declaración de Interés Provincial el Programa de Control y Erradicación de la Plaga Lobesia Botrana La obligación de consignar claramente el origen o procedencia del mismoMejores juristas
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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