Declaración de Interés Provincial el Programa de Control y Erradicación de la Plaga Lobesia Botrana (Declaración de Interés Provincial el Programa de Control y Erradicación de la Plaga Lobesia Botrana) Provincia de Mendoza
Declaración de Interés Provincial el Programa de Control y Erradicación de la Plaga Lobesia Botrana Provincia de Mendoza
- Artículo 1. Declárase de Interés Provincial el Programa de Control y Erradicación de la...
- Artículo 2. Será Autoridad de Aplicación de la presente Ley, el Instituto de Sanidad y...
- Artículo 3. La Autoridad de Aplicación diseñará y presupuestará, anualmente, el programa...
- Artículo 4. El presupuesto del programa anual de intervención será financiado con los...
- Artículo 5. Establécese una contribución obligatoria especial a cargo de todos los...
- Artículo 6. El pago de la contribución obligatoria especial realizado por los...
- Artículo 7. A los efectos de complementar el sistema de recaudación de la contribución...
- Artículo 8. Para el caso de los productores vitícolas en estado de emergencia o desastre...
- Artículo 9. A los efectos de asegurar la fiscalización del cumplimiento de la...
- Artículo 10. Si hubiera fondos de aportes públicos o privados remanentes luego de cerrado...
- Artículo 11. Los recursos asignados para el financiamiento del programa no estarán...
- Artículo 12. El Poder Ejecutivo reglamentará todos los aspectos tendientes a la ejecución...
- Artículo 13. Facúltese al Poder Ejecutivo a ampliar y modificar el Presupuesto General de...
- Artículo 14. Establézcase para el año 2018 que la contribución obligatoria especial será...
- Artículo 15. La Autoridad de Aplicación deberá informar anualmente a la Honorable...
- Artículo 16. La presente Ley tendrá un plazo de duración de dos (2) temporadas agrícolas...
- Artículo 17. Con el objeto de contribuir al sostenimiento del Programa de intervención,...
- Artículo 18. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Declaración de utilidad pública y expropiación de superficie en el Departamento de Guaymallén Ley de Ministerios Suspenden hasta el 31 de diciembre del 2.023 todos los procesos judiciales y administrativos iniciados Ratificación del decreto 368/18 Designación de espacios públicos, obras y calles de jurisdicción provincial que requieran denominaciónMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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