< Declaración de Emergencia Sanitaria en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial De La Salud

Declaración de Emergencia Sanitaria en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial D Artículo 3 Provincia del Neuquén


Declaración de Emergencia Sanitaria en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial De La Salud Neuquén
Artículo 3.

Se faculta al Poder Ejecutivo a coordinar la reorganización y funcionamiento del subsector privado de salud y obras sociales, medicina prepaga, y otros sectores privados no vinculados a la salud, con el objeto de que las camas, los recursos humanos y los elementos que pudieran contribuir a la contención y mitigación de la pandemia, estén a disposición para su utilización mientras dure la misma.

Asimismo, se lo faculta a convocar a empleados y funcionarios públicos de los tres Poderes del Estado, profesionales y trabajadores de la salud en general que no estén bajo la dependencia del sistema de salud público-privado, organizaciones civiles, y estudiantes avanzados del área de salud y de otras profesiones u oficios. Esta convocatoria tendrá el carácter de carga pública.



Provincia del Neuquén Artículo 3 Declaración de Emergencia Sanitaria en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial De La Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19 por el plazo DE 180 días
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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