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Crédito público para la expansión de líneas subterraneas Artículo 3 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Crédito público para la expansión de líneas subterraneas Ciudad de Buenos Aires
Artículo 3.

Autorizase al Poder Ejecutivo a contraer un empréstito público representado por una o más emisiones de títulos de deuda por un importe de dólares estadounidenses de hasta trescientos millones (USD 300.000.000) o su equivalente en pesos, otra u otras monedas, con un plazo mínimo de tres años. Ampliase, por tanto, el monto del Programa de Asistencia Financiera instrumentado por la Ordenanza Nº 51.270 del 21 de diciembre de 1996, con las modificaciones introducidas por la ley Nº 323, el Decreto Nº 557/00, por el artículo 1º de la ley Nº 2.789, por la presente ley, y disposiciones concordantes, en la suma de trescientos millones de dólares estadounidenses (USD 300.000.000). Aféctase en pago y/o garantía de los títulos de deuda el Fondo Permanente para la Ampliación de Subterráneos creado por la ley nacional Nº 23.514.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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