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Crease el sistema integrado de indicadores de derechos de niñas, niños y adolescentes Artículo 3 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Crease el sistema integrado de indicadores de derechos de niñas, niños y adolescentes Ciudad de Buenos Aires
Artículo 3. Objetivos

Son objetivos del Sistema Integrado de Indicadores de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes:

a. Establecer los criterios integrales para la producción, estandarización y difusión de indicadores de derechos de niños, niñas y adolescentes en la Ciudad de Buenos Aires.

b. Proveer de indicadores adecuados, desglosados y confiables, que permitan a funcionarios/as, técnicos/as, investigadores/as y ciudadanía en generar acceder a información centralizada, válida, relevante, comparable y oportuna sobre la situación de la niñez y la adolescencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

c. Proveer una herramienta de investigación, observación, seguimiento y evaluación de las políticas destinadas a la población infantil y adolescente, orientada a detectar problemas y medir los alcances de su cobertura, calidad y contenido.

d. Aportar insumos a los organismos locales, nacionales e internacionales vinculados con la defensa, promoción y protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes y a las universidades, centros de estudios, organizaciones de la sociedad civil y ciudadanía en general.

e. Posibilitar la comparación de datos y resultados.

f. Contribuir a visibilizar e individualizar las políticas de infancia y adolescencia, dentro del conjunto de políticas públicas.

g. Garantizar el acceso a la información de manera directa y simple.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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