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Creación del sistema federal de la vivienda Artículo 5 Nacional


Creación del sistema federal de la vivienda Nacional
Artículo 5.

El Fondo Nacional de la Vivienda será distribuido entre las provincias y la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires de acuerdo a los siguientes coeficientes:

Capital Federal 1,30
Buenos Aires 14,50
Catamarca 2,10
Cordoba 5,65
Corrientes 4,95
Chaco 4,60
Chubut 3,20
Entre Rios 3,90
Formosa 4,00
Jujuy 3,00
La Pampa 2,00
La Rioja 2,00
Mendoza 4,00
Misiones 4,70
Neuquen 4,30
Rio Negro 4,50
Salta 4,00
San Juan 3,65
San Luis 3,65
Santa Cruz 3,20
Santa Fe 5,65
Santiago del Estero 4,30
Tucuman 4,20
Tierra del Fuego 2,65


Durante 1996 el Honorable Congreso de la Nación, y posteriormente cada dos años, aprobará una ley fijando la nueva distribución, teniendo en cuenta la correcta utilización que se haga de los fondos, el nivel de recuperos, el nivel de inversión realizado específicamente en obra, directamente o por medio del crédito y la variación del déficit habitacional de acuerdo a las cifras del INDEC y al dictamen del Consejo Nacional de la Vivienda. Para el período de transición, que en ningún caso pueda extenderse más allá del 31/12/98, se mantendrá la misma distribución.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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