Creación del sistema federal de la vivienda (Creación del sistema federal de la vivienda) Nacional
Creación del sistema federal de la vivienda Nacional
- Artículo 1. Créase el Sistema Federal de la Vivienda con el objeto de facilitar las...
- Artículo 2. El Sistema Federal de la Vivienda se integra con: a) El Fondo Nacional...
- Artículo 3. El Fondo Nacional de la Vivienda, se integra con los siguientes recursos:...
- Artículo 4. Nota de redacción: (VETADO POR DECRETO 436/95).
- Artículo 5. El Fondo Nacional de la Vivienda será distribuido entre las provincias y la...
- Artículo 6. Los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda serán destinados a financiar...
- Artículo 7. Del total de los recursos que recibe cada jurisdicción no podrán destinar más...
- Artículo 8. A partir de la adhesión a esta ley, cada jurisdicción aplicará en forma...
- Artículo 9. Control del destino de los fondos
- Artículo 10. Créase el Consejo Nacional de la Vivienda como órgano asesor del Estado...
- Artículo 11. El Consejo Nacional de la Vivienda está integrado por el Poder Ejecutivo,...
- Artículo 12. El Consejo Nacional de la Vivienda tendrá como finalidad: a) Coordinar...
- Artículo 13. Las provincias que se acogieren a los beneficios de la presente ley, deberán...
- Artículo 14. Los recursos del FONAVI, en el porcentaje que fija esta ley, se destinarán...
- Artículo 15. Las viviendas, cuya adquisición se financie a través de créditos con recursos...
- Artículo 16. El Consejo Nacional de la Vivienda sugerirá los criterios que deberían...
- Artículo 17. A fin de garantizar la claridad en el funcionamiento de la operatoria de esta...
- Artículo 18. Dentro de los trescientos sesenta días contados a partir de la publicación de...
- Artículo 19. En el plazo previsto en el artículo anterior, las provincias y la...
- Artículo 20. Dentro de los treinta días de promulgada la presente ley, la autoridad de...
- Artículo 21. Simultáneamente con la transferencia del dominio en favor del adjudicatario,...
- Artículo 22. Considérase "precio final de la vivienda" el resultante de la suma de los...
- Artículo 23. Para las viviendas construidas y terminadas, si el precio final calculado...
- Artículo 24. La cartera hipotecaria podrá ser usada por las provincias y la Municipalidad...
- Artículo 25. Deróganse las disposiciones legales que se opongan a la presente ley. El...
- Artículo 26. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Ley de Procedimientos Médico-Asistenciales para la Atención de Mujeres y Personas Gestantes frente a la Muerte Perinatal Declaración de Fiesta Nacional a la Fiesta del Tambero y su Familia Acreditación en cuenta abierta en entidad bancaria o institución de ahorro oficial Creación de una aduana con asiento en la ciudad de Rafaela, Departamento Castellanos Ley de expropiación de las acciones de ypfMejores juristas





En el Nuevo Código o regulación nueva a que artículo hace referencia con 1564 del CC de la Nación??
Dice que se debe "presentar", no dice que deba "dar" "otorgar" "entregar" o "proporcionar"
Art48 Para ser diputado se requiere haber cumplido la edad de veinticinco años, tener cuatro años de ciudadanía en ejercicio, y ser natural de la provincia que lo elija, o con dos años de residencia inmediata en ella.
cualquier titular por mad puede disponer de los horarios provisionales... deberían ofrecerte otro horario y si no te sirve, buscar otra escuela.
Los deja afuera, hereda todo, el/la conyuge, que queda viva.-
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