Creación del sistema federal de la vivienda (Creación del sistema federal de la vivienda) Nacional
Creación del sistema federal de la vivienda Nacional
- Artículo 1. Créase el Sistema Federal de la Vivienda con el objeto de facilitar las...
- Artículo 2. El Sistema Federal de la Vivienda se integra con: a) El Fondo Nacional...
- Artículo 3. El Fondo Nacional de la Vivienda, se integra con los siguientes recursos:...
- Artículo 4. Nota de redacción: (VETADO POR DECRETO 436/95).
- Artículo 5. El Fondo Nacional de la Vivienda será distribuido entre las provincias y la...
- Artículo 6. Los recursos del Fondo Nacional de la Vivienda serán destinados a financiar...
- Artículo 7. Del total de los recursos que recibe cada jurisdicción no podrán destinar más...
- Artículo 8. A partir de la adhesión a esta ley, cada jurisdicción aplicará en forma...
- Artículo 9. Control del destino de los fondos
- Artículo 10. Créase el Consejo Nacional de la Vivienda como órgano asesor del Estado...
- Artículo 11. El Consejo Nacional de la Vivienda está integrado por el Poder Ejecutivo,...
- Artículo 12. El Consejo Nacional de la Vivienda tendrá como finalidad: a) Coordinar...
- Artículo 13. Las provincias que se acogieren a los beneficios de la presente ley, deberán...
- Artículo 14. Los recursos del FONAVI, en el porcentaje que fija esta ley, se destinarán...
- Artículo 15. Las viviendas, cuya adquisición se financie a través de créditos con recursos...
- Artículo 16. El Consejo Nacional de la Vivienda sugerirá los criterios que deberían...
- Artículo 17. A fin de garantizar la claridad en el funcionamiento de la operatoria de esta...
- Artículo 18. Dentro de los trescientos sesenta días contados a partir de la publicación de...
- Artículo 19. En el plazo previsto en el artículo anterior, las provincias y la...
- Artículo 20. Dentro de los treinta días de promulgada la presente ley, la autoridad de...
- Artículo 21. Simultáneamente con la transferencia del dominio en favor del adjudicatario,...
- Artículo 22. Considérase "precio final de la vivienda" el resultante de la suma de los...
- Artículo 23. Para las viviendas construidas y terminadas, si el precio final calculado...
- Artículo 24. La cartera hipotecaria podrá ser usada por las provincias y la Municipalidad...
- Artículo 25. Deróganse las disposiciones legales que se opongan a la presente ley. El...
- Artículo 26. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Regimen jurídico de la letra de cambio, vale y pagare Regimen de regulacion y promocion para la produccion y uso sustentables de biocombustibles Control de enfermedades prevenibles por vacunación Procedimiento conforme al cual el Poder Ejecutivo debe solicitar al Congreso de la Nación la autorización para permitir la introducción de tropas extranjeras en el territorio de la Nación y la salida de fuerzas nacionales fuera de él Ratificación del Convenio entre el Ministerio del Interior Ratificación del Convenio entre el Ministerio del Interior, Obras Públicas y ViviendaMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios