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Creación del Programa de Fomento a la Generación de Empleo Artículo 1 Provincia de Mendoza


Creación del Programa de Fomento a la Generación de Empleo Mendoza
Artículo 1.

Créase el PROGRAMA DE FOMENTO A LA GENERACIÓN DE EMPLEO al que podrán acceder aquellas Micro y Pequeñas empresas del sector privado que desarrollen actividad en la Provincia de Mendoza, con los siguientes requisitos:

a) Que hayan incrementado o incrementen en un diez por ciento (10%) como mínimo la cantidad de trabajadores contratados en la Provincia por tiempo indeterminado (conforme el artículo 90 de la Ley Nacional Nº 20.744), en los períodos comprendidos entre: junio de 2.017 y junio de 2.018, septiembre de 2.017 y septiembre de 2.018 o diciembre 2.017 y diciembre de 2.018, respectivamente;

b) Que mantengan durante los próximos doce (12) meses a la obtención del beneficio la dotación de personal bajo contrato por tiempo indeterminado acreditada al momento de acceder al beneficio.



Provincia de Mendoza Artículo 1 Creación del Programa de Fomento a la Generación de Empleo
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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