< Creación del Monumento escultórico provincial en homenaje a las víctimas

Creación del Monumento escultórico provincial en homenaje a las víctimas Artículo 9 Provincia del Chaco


Creación del Monumento escultórico provincial en homenaje a las víctimas Chaco
Artículo 9. Presentación- condiciones

Ante el Instituto de Cultura del Chaco, los concursantes procederán a su inscripción y presentación del proyecto del monumento, mediante una carpeta y la maqueta correspondiente, a los efectos de la evaluación que realizará la Comisión que se crea por el artículo siguiente.



Provincia del Chaco Artículo 9 Creación del Monumento escultórico provincial en homenaje a las víctimas, de la masacre acontecida en la región Napa'alp
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




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