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Creación del Colegio Profesional de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional Artículo 11 Provincia de Santa Fe


Creación del Colegio Profesional de Higiene, Seguridad y Salud Ocupacional Santa Fe
Artículo 11. Funciones del Colegio

Son funciones especiales del Colegio:

a) dictar sus estatutos de acuerdo a las disposiciones de la presente ley, los que deberán ser sometidos a la aprobación de la Asamblea en un plazo de treinta (30) días, darse su presupuesto anual, dictar los reglamentos que considere necesario, administrar y disponer de sus bienes, estar en juicio como actor o demandado para la defensa de sus intereses, por sí o por apoderados que designe;

b) establecer en sus estatutos las faltas y sanciones disciplinarias y establecer un Código de ética profesional el cual será aprobado por la Asamblea;

c) llevar registros personales de los colegiados y legajos individuales;

d) llevar y controlar la matrícula. Controlar el ejercicio de la profesión y/o actividades de los colegiados;

e) juzgar y sancionar a los colegiados frente a irregularidades cometidas en el ejercicio de su profesión;

f) administrar los fondos y bienes del Colegio;

g) crear un sistema de asesoramiento e información para el asociado y el público;

y, h) fijar el monto de la cuota anual de la matrícula y honorarios mínimos razonables por el ejercicio de actividad profesional.

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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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