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Creación del Colegio de Profesionales en Ciencias Criminalística Artículo 33 Provincia de Catamarca


Creación del Colegio de Profesionales en Ciencias Criminalística Catamarca
Artículo 33.

Las causas que dan lugar a sanción son las siguientes:

1) Condena firme por delitos contra la propiedad, la administración o fe pública y aquellas en que los dos tercios de los miembros del Consejo Directivo del Colegio así lo resuelvan;

2) Retención indebida de fondos o documentos pertenecientes a sus clientes;

3) Infracción de lo dispuesto sobre el arancel de honorarios de las leyes respectivas;

4) Negligencia frecuente en el cumplimiento de las obligaciones y deberes profesionales;

5) Violación de las normas de ética profesional establecidas en el reglamento del Colegio de Profesionales de Ciencias Criminalísticas de la Provincia;

6) Toda contravención de las disposiciones de esta Ley y del Reglamento Interno.

Provincia de Catamarca Artículo 33 Creación del Colegio de Profesionales en Ciencias Criminalística
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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