< Crea en el ámbito del Poder Judicial el Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual

Crea en el ámbito del Poder Judicial el Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Inte Artículo 18 Provincia de Río Negro


Crea en el ámbito del Poder Judicial el Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual Río Negro
Artículo 18.

Se modifica el artículo 191 de la ley n° 5020, Código Procesal Penal que entrará en vigencia a partir del 1° de marzo de 2017, el cual queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 191.- Sentencia. La sentencia sólo podrá dar por acreditados hechos o circunstancias contenidos en la acusación. La sentencia tampoco podrá dar al hecho una calificación jurídica distinta a la de la acusación, salvo que sea en beneficio del imputado y que la defensa haya tenido posibilidad de refutar esa calificación.

La sentencia condenatoria fijará con precisión las penas que correspondan, no pudiendo el tribunal aplicar penas más graves que las requeridas por los acusadores, y deberán absolver cuando las partes así lo requieran. También resolverá sobre la entrega o decomiso de los objetos secuestrados y sobre la imposición de las costas del juicio.

Cuando la sentencia condenatoria se encuentre firme y sea por delitos comprendidos en el Libro Segundo, Título III, Capítulo II del Código Penal, el Juez ordena la inmediata remisión de la información requerida por el Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual (ReProCoInS).

La sentencia absolutoria ordenará la libertad del imputado, la cesación de todas las medidas cautelares, la restitución de los objetos afectados al procedimiento que no estén sujetos a comiso y las inscripciones necesarias.

Será comunicada al Juez de Ejecución cuando correspondiere".



Provincia de Río Negro Artículo 18 Crea en el ámbito del Poder Judicial el Registro Provincial de Condenados por Delitos contra la Integridad Sexual (ReProCoInS)
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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