Código Procesal Laboral Artículo 95 Provincia de Tucumán
Código Procesal Laboral Tucumán
Artículo 95. Notificación
Los testigos propuestos deberán ser notificados con una anticipación mínima de dos (2) días.
La notificación se hará por medio de la Policía de la Provincia, con indicación de urgente trámite. La parte interesada podrá solicitar la notificación por otro conducto y en tal caso los gastos serán a su cargo.
Provincia de Tucumán Artículo 95 Código Procesal del Trabajo
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Quiero hacer una consulta, un personal de planta de un municipio con sumario por faltas injustificadas con problematica de consumo, es pasible a cesantia, hay reglamentacion que lo amparen?
Se incio una ejecución de una hipoteca constituída sobre 14 unidades de un edificio, por un precio único y total. Pero en la demanda,solo se describieron 9 unidades. La sentencia salio por el total. Y la hipoteca describe las 14 u. Se pueden rematar las 14 o solo las 9 descriptas en la demanda?
Es inconstitucional para demanadar al estado por el art1764 del codigo civil argentino?
Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?
me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus
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