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Código Procesal del Trabajo Artículo 113 Provincia de San Luis


Código Procesal del Trabajo San Luis
Artículo 113.

Cuando sea indebidamente retardada una sentencia definitiva i interlocutoria con fuerza definitiva, el afectado podrá presentarse directamente en queja ante el Tribunal de Apelación, sin que la interposición de este recurso suspenda la tramitación del juicio mientras el expediente no se eleve al superior.

Este recurso directo por retardo de justicia deberá prepararse por la parte que considere afectada, solicitando al Juez en trámite, que dicte la sentencia definitiva o interlocutoria, indebidamente demorada por estar vencidos los respectivos términos que fija este Código.

Si vencido el término de cinco días de esta presentación, la sentencia definitiva o interlocutoria no se hubiera dictado quedará expedida la vía para la interposición del recurso ante el Tribunal de Apelación que en su caso, se interpondrá por escrito, conteniendo una breve relación de los hechos que la motivan, y haciendo constar expresamente donde está el retardo y que perjuicios derivan del mismo.

Cuando el Tribunal de Apelación lo considere procedente dispondrá que se administre justicia dentro del término de cinco días y si el Juez intimado desobedeciera la orden se hará pasible de una multa de mil pesos, que impondrá el Superior a favor del Consejo de Educación separándole del conocimiento del juicio en que se produzca tal situación, siendo reemplazado por quien corresponda según lo previsto en el Art.15.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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