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Código Procesal de Familia Artículo 207 Provincia de Río Negro


Código Procesal de Familia Río Negro
Artículo 207. Solicitud de control de legalidad

Dentro de las diez (10) horas de adoptada la medida de internación involuntaria, el servicio de salud público o privado debe poner en conocimiento al Juzgado de Familia competente por cualquier medio fehaciente. Dentro de las cuarenta y ocho (48) horas debe remitir el informe que contenga:

a) La situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros o terceras, con la firma de dos profesionales de diferentes disciplinas, que no tengan relación de parentesco, amistad o vínculos económicos con la persona, uno de los o las cuales debe ser profesional de la psicología o psiquiatría.

b) Ausencia de otra alternativa eficaz para su tratamiento.

c) Detalle sobre las instancias previas implementadas si las hubiera.

La solicitud de control de legalidad de la internación puede remitirse al juzgado por el medio más idóneo conforme reglamentación del Superior Tribunal de Justicia. El informe y la documentación deben ser acompañados en un plazo que no puede exceder las cuarenta y ocho (48) horas.

Provincia de Río Negro Artículo 207 Código Procesal de Familia
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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