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Código Procesal Civil y Comercial Artículo 526 Provincia de Córdoba


Código Procesal Civil y Comercial Córdoba
Artículo 526. Admisión. Orden de embargo y citación de remate

Presentada la demanda, si el título invocado trae aparejada ejecución, se ordenará sin más trámite que se trabe embargo sobre bienes del demandado y que se lo cite para que comparezca a estar a derecho en el plazo de ley, y de remate para oponer excepciones dentro de los tres días siguientes al vencimiento de aquel plazo, bajo apercibimiento. El embargo se hará por el valor reclamado con más los intereses y costas provisorios que el tribunal fije. El emplazamiento para estar a derecho no se efectuará si ya hubiere sido realizado con motivo de las diligencias preparatorias de la vía ejecutiva.

La garantía del embargo sobre el bien gravado comprenderá el monto nominal por el que se hubiere ordenado y la actualización si correspondiere.

El mandamiento de embargo contendrá, en su caso, los reajustes que el tribunal disponga.

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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