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Código Fiscal Artículo 311 Ciudad Autónoma de Buenos Aires


Código Fiscal Ciudad de Buenos Aires
Artículo 311. Renovaciones

La Ley Tarifaria fija anualmente los precios para las renovaciones y demás casos que a continuación se enumeran:

1. Renovación por el término de veinte (20) años, al vencimiento de la concesión de terrenos para bóvedas o panteones o ampliación de actuales concesiones en los cementerios. El titular tiene opción a nuevos plazos de igual extensión, sucesivos e ininterrumpidos, hasta tanto medie la vocación de los sucesores.

Las concesiones renovadas o ampliadas conforme a este apartado, en ningún caso y por ningún concepto pueden ser objeto de transferencia a título oneroso o gratuito a terceros, con excepción de las que tienen origen en juicios sucesorios abintestato o testamentarios, condición a que también deben quedar sujetas las concesiones de menor plazo que se amplíen, aún cuando en la concesión original no rija dicha condición.

En los casos de ampliación, la liquidación se hace proporcionalmente por los años necesarios para completar el plazo que se otorga.

Las concesiones otorgadas en su origen por términos superiores a veinte (20) años deben atenerse a lo establecido precedentemente, conviniendo con los beneficiarios las pautas necesarias que permitan respetar sus derechos adquiridos, debiéndose descontar de la liquidación en forma proporcional los años excedentes.

2. Ampliación de bóvedas, rectificación obligatoria del trazado y adquisición de sobrantes baldíos.

3. Concesiones de subsuelo bajo calle o acera.

Los precios de los subsuelos se cobran de acuerdo a la categoría en que están clasificadas las calles cuyo subsuelo se quiere utilizar.

Las concesiones de subsuelo no pueden ser acordadas por mayor tiempo del que falta para el vencimiento de la concesión del respectivo terreno a nivel, debiendo vencer simultáneamente el terreno y el subsuelo, aún cuando hayan sido concedidas en fechas distintas.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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