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Código de Faltas Artículo 169 Provincia de San Juan


Código de Faltas San Juan
Artículo 169. Arrojamiento de residuos, emanaciones de gases, provocación de fuego

Será sancionado, conjunta o alternativamente, con pena de multa de treinta (30 J) a mil jus (1.000 J), trabajos de utilidad pública y/o arresto de cinco (5) a treinta (30) días, el que en lugares públicos o privados no habilitados al efecto:

a)Arroje residuos de cualquier origen, deshechos, escombros, animales muertos o sustancias sólidas o líquidas, que ensucien, molesten o afecten a personas o al medio ambiente.

b)Provoque emanaciones de gases, vapores, humo o sustancias en suspensión sin estar autorizado para ello, capaces de producir efectos nocivos a la salud de las personas o que alteren el medio ambiente.

c)Libere o arroje efluentes de líquidos o permita el desborde de cámaras sépticas o pozos ciegos, capaces de producir perjuicios a la salud humana o alteraciones al medio ambiente.

d)Coloque, suspenda o deje cosas sin la debida cautela, que ocupen o caigan a un lugar de tránsito público o privado de uso común, causando molestias, daños u ofensas a terceros.

e)Produzca, provoque o active fuego y/o incendio, cualquiera sea su tipo o motivo, en zona urbana o rural, salvo que cuente con autorización expresa del organismo competente.



Provincia de San Juan Artículo 169 Código de Faltas
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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