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Caja de previsión social de los agentes civiles del Estado Artículo 3 Provincia de Santa Fe


Caja de previsión social de los agentes civiles del Estado Santa Fe
Artículo 3.

Los afiliados se agrupan en categorías en base al sueldo sujeto a aportes jubilatorios o al haber jubilatorio nominal que perciban mensualmente, asignándosele a cada una de éstas un aporte personal por beneficio a acordarse. Tales categorías y aportes por beneficios pueden ser modificados por el Poder Ejecutivo Provincial, a instancias de la Caja, si se producen cambios de importancia en la composición de los grupos de afiliados que generen notables desproporciones en la distribución de los mismos en las escalas.



Provincia de Santa Fe Artículo 3 Caja de previsión social de los agentes civiles del Estado
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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