< Autorizan los derechos litigiosos provenientes del Contrato de Préstamo con Garantía Hipotecaria y Prendaria

Autorizan los derechos litigiosos provenientes del Contrato de Préstamo con Garantía Hipotecaria y P Artículo 3 Provincia de Mendoza


Autorizan los derechos litigiosos provenientes del Contrato de Préstamo con Garantía Hipotecaria y Prendaria Mendoza
Artículo 3.

El pago de la cesión determinada en el artículo primero será realizado por la Municipalidad de Junín en un plazo de cinco (5) años, en cuotas mensuales, sin intereses, mediante la detracción de los aportes de la coparticipación que realice la Provincia de Mendoza al municipio. Dicho plazo se empezará a contar a los treinta (30) días de suscripta la escritura de cesión. La Municipalidad de Junín suscribirá con el Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia de Mendoza un convenio autorizando la detracción mensual de la coparticipación y estableciendo el procedimiento a cumplirse en el que deberá preverse expresamente que la Tesorería General de la Provincia realice los depósitos en una cuenta bancaria de titularidad de la Administradora Provincial del Fondo (Autoridad de aplicación Ley 6.071), en la proporción que corresponda al pago asumido por el municipio. El referido convenio deberá estar aprobado por el Concejo Deliberante del Municipio.



Provincia de Mendoza Artículo 3 Autorizan ceder a título oneroso, a la Municipalidad de Junín de la Provincia de Mendoza los derechos litigiosos provenientes del Contrato de Préstamo con Garantía Hipotecaria y Prendaria
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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