Autorización al Poder Ejecutivo a contraer emprestitos hasta una suma determinada (Autorización al Poder Ejecutivo a contraer emprestitos hasta una suma determinada) Provincia del Chaco
Autorización al Poder Ejecutivo a contraer emprestitos hasta una suma determinada Provincia del Chaco
- Artículo 1. Autorízase al Poder Ejecutivo a contraer empréstitos por hasta la suma de...
- Artículo 2. Los empréstitos podrán instrumentarse, sin perjuicio de lo dispuesto en el...
- Artículo 3. A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente el Poder Ejecutivo...
- Artículo 4. Facúltase al Poder Ejecutivo, a fin de concretar las operaciones de crédito...
- Artículo 5. El producido de la operación de crédito público autorizada por el artículo...
- Artículo 6. El Poder Ejecutivo deberá presentar, en forma semestral, un informe a la...
- Artículo 7. La Comisión de Hacienda y Presupuesto del Poder Legislativo, actuará como...
- Artículo 8. El Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas, será la autoridad de...
- Artículo 9. La autoridad de aplicación podrá designar al Nuevo Banco del Chaco SA en su...
- Artículo 10. Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
Estatuto del Docente Monto de las asignaciones familiares para la Administración Pública Cupo para familias jóvenes en los planes de viviendas Bonificación por Título para el personal Policial y el Servicio Penitenciario Provincial Institución del 27 de mayo de cada año, como Día de la Prevención de la Violencia en el NoviazgoMejores juristas
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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