< Aprobación del Estatuto para el Personal que preste servicios remunerados en jurisdicción del Poder Legislativo

Aprobación del Estatuto para el Personal que preste servicios remunerados en jurisdicción del Poder Artículo 65 Provincia de Tucumán


Aprobación del Estatuto para el Personal que preste servicios remunerados en jurisdicción del Poder Legislativo Tucumán
Artículo 65. Día del Empleado Legislativo

Queda establecido como:

"Día del Empleado Legislativo de la Provincia de Tucumán" -Ley N° 5627- el 6 de Julio de cada año, el que será día no laborable. En caso de resultar inhábil a los fines administrativos o coincidente con día martes, miércoles o jueves, la Presidencia del Poder Legislativo indicará la fecha de celebración del mismo, el cual será trasladado a un día lunes o viernes inmediato posterior. A los fines legales, el mismo se considerará como feriado.

En la Sesión Legislativa más próxima a la fecha establecida en el párrafo anterior, y toda vez que la Honorable Legislatura cuente con disponibilidad presupuestaria, se dispondrá para el personal comprendido en el presente Estatuto, el otorgamiento de:

1. Un diploma en carácter de reconocimiento cuando hubiere cumplido quince (15) años continuos de servicio en el Poder Legislativo;

2. Una plaqueta en carácter de reconocimiento cuando hubiere cumplido veinte (20) años continuos de servicio en el Poder Legislativo;

3. Una medalla de oro en carácter de reconocimiento cuando hubiere cumplido veinticinco (25) años continuos de servicio en el Poder Legislativo;

4. Una bandeja de plata en carácter de reconocimiento cuando hubiere cumplido treinta (30) años continuos de servicio en el Poder Legislativo.



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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



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