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Administración Tributaria Artículo 58 Provincia de Mendoza


Administración Tributaria Mendoza
Artículo 58.

Autorízase a la Administradora Provincial del Fondo para la Trasformación y el Crecimiento a emitir valores de deuda fiduciaria garantizado con bienes fideicomitidos y/o a ceder la propiedad fiduciaria de los derechos y/o créditos originados por este organismo en operaciones de financiamiento y/o ceder en propiedad fiduciaria las garantías reales y/o prendarias y/o fiduciarias constituidas por terceros a favor de la administración y/o titularizar los derechos así transferidos. En consecuencia, facúltese a la administradora a suscribir la documentación necesaria para la instrumentación de las operatorias que en el presente se autoriza.



Provincia de Mendoza Artículo 58 Administración Tributaria
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion



Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?



pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



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