Adhesión provincial a la Ley Nacional 27.709 - Ley Lucio (Adhesión provincial a la Ley Nacional 27.709 - Ley Lucio) Provincia de Catamarca
Adhesión provincial a la Ley Nacional 27.709 - Ley Lucio Provincia de Catamarca
- Artículo 1. Adhiérase la Provincia de Catamarca a la Ley Nacional N°...
- Artículo 2. Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a determinar la Autoridad de...
- Artículo 3. El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará las disposiciones de la presente...
- Artículo 4. Invítase a los Municipios a adherir a la presente Ley.
- Artículo 5. Comuníquese, Publíquese, cumplido, archívese.
Otras regulaciones
Programa Provincial de Prevención, Detección y Tratamiento de la Coccidioidomicosis Creación del Órgano de Revisión de Salud Mental y Adicciones en el marco de lo dispuesto por la Ley Provincial N° 5.383 Adhesión de la Provincia a la Ley Nacional 26944 Sistema de Validación de Sellos y Formularios de profesionales del Sistema de Salud y Creación del Registro Único de Salud Creación del Pase Libre de Transporte Público de Pasajeros, para los ciudadanos residentes afectados por el Virus HIV-SIDAMejores juristas
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios