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Actividad de las instituciones de defensa de los derechos de autores y compositores Artículo 1 Provincia de Jujuy


Actividad de las instituciones de defensa de los derechos de autores y compositores Jujuy
Artículo 1.

La Sociedad Argentina de Autores, Intérpretes y Compositores (SADAIC), la Asociación Argentina de Intérpretes, la Cámara Argentina de Productores e Industriales de Fonogramas (AADI-CAPIF), la Sociedad General de Autores de la Argentina de Protección Reciproca (ARGENTORES), y demás entidades privadas con regímenes especiales y actividades conexas creadas o a crearse, en protección de propiedad intelectual, con sedes y actividades en la Provincia de Jujuy, deberán implementar medios de publicidad y difusión a efectos que los obligados, y la ciudadanía en general, accedan a información completa y precisa respecto de los supuestos comprendidos en obligaciones de pago, montos o porcentajes que se deben abonar, requisitos específicos que se deben cumplir a efectos de la determinación de importes, destino de los fondos oblados, y cuáles son las obras que se encuentran exentas del pago de derechos por haberse extinguido por el transcurso del tiempo u otras excepciones.-



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias




buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?



Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.



en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.



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