Imprimir

Reglamenta el Ejercicio de la Profesión de Abogados y Procuradores Artículo 5 Provincia del Chaco


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Reglamenta el Ejercicio de la Profesión de Abogados y Procuradores Chaco
Artículo 5.

Son deberes específicos de los abogados y procuradores, sin perjuicio de otros que se señalan en leyes especiales, los siguientes:

a) Observar fielmente la Constitución Nacional, los tratados incorporados en ella y las leyes nacionales que se dicten, la Constitución Provincial y las leyes que se dicten en su consecuencia.

b) Observar con fidelidad el secreto profesional, conforme lo establece la ley nacional 24.766-de confidencialidad-.

c) Comportarse con lealtad, probidad y buena fe en el desempeño profesional.

d) Proceder con diligencia en la tramitación de los pleitos.

e) Ejercer la representación conforme con lo estipulado por las normas que rigen el mandato en el Código Civil y en los Códigos de Procedimiento.

f) Comunicar al Superior Tribunal de Justicia todo cambio de domicilio real o legal que efectúen, como también la cesación o reanudación de sus actividades profesionales.



Provincia del Chaco Artículo 5 Reglamenta el Ejercicio de la Profesión de Abogados y Procuradores
Artículo 1 ...3 4 5 6 7 ...41

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse